Hay una voluntad que cumplir que por herencia nos corresponde
defender; esa herencia es lo que nos impone la realidad de hoy y siempre, ante nuestro patrimonio cultural. Parte de esta entrada es darle la
preeminencia que debe y tiene este
artículo recopilado el cual nos ilustra del patrimonio que aún hoy existe para las
futuras generaciones. Un Ejército sin memoria, sin historia y sin patrimonio
nacional e institucional que proteger y defender junto al Pueblo es un Ejército
derrotado. Tómese querido lector esta entrada como un ejercicio de la revalorización de la información sobre nuestro patrimonio institucional.
sábado, 30 de septiembre de 2017
En defensa de la herencia cultural nacional e institucional.
Con la intención
de continuar promoviendo la lectura vinculada a la realidad, seleccionamos el artículo
Galerías de Pintura y esculturas en el Edificio
sede de la Comandancia General del Ejército,publicado en el marco del Año Bicentenario del natalicio del prócer cumanés Antonio José de Sucre
(1795-1830), en 1995; la revista que se encuentra bajo custodia tutelada en la
sección de Publicaciones periódicas de la Biblioteca Manuela Sáenz, contiene un
inventario tácito de las pinturas y esculturas que se hallan en la Comandancia General del Ejército y sus adyacencias; y en vista a ello tenemos que recordar que en materia de
protección y defensa de bienes muebles e inmuebles que constituyen el
Patrimonio Cultural de la República por fuerza de Ley, éstos, deben ser objeto tanto de
investigación, rescate, preservación, conservación, restauración, revitalización, revalorización, mantenimiento, incremento, exhibición, custodia, vigilancia, identificación
y todo cuanto requiera su protección cultural, material y espiritual como prioridad o del cumplimiento obligatorio tanto
del Estado como de la ciudadanía. Este patrimonio es inalienable e
imprescriptible (forman parte de nuestro acervo cultural) y las acciones judiciales derivadas de los
delitos sobre Patrimonio Nacional, no
prescriben (no pueden salvarse los trasgresores de la Ley de Protección y
Defensa del Patrimonio Cultural, Gaceta Oficial N° 4.623 del 03/09/ 1993- del castigo por
incurrir en estos delitos bien sea por omisión, negligencia o inobservancia ocurrida a lo largo del tiempo) por lo
que todo servidor público, funcionario, ciudadanía, etc. debería conocer
y exigir los Derechos Patrimoniales Nacionales que recaen sobre tanto nuestro entorno como en las diversas manifestaciones culturales sea de la índole que
sea. Defender lo nuestro no es un lema, es tomar acciones de todo tipo, por lo
fundamental, por nuestra esencia y más si esta Institución Ejército
Bolivariano, hace su vida a partir de objetos creados por el hombre y se ha
desarrollado en torno a ellos (la evolución tecnológica de objetos por ejemplo)
así como las manifestaciones intangibles
pero fácticas.
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